Sobre el telón de fondo del orden contractual instalado por la Revolución Francesa, el loco, bruscamente, desentona. Demente, no es sujeto de derecho; irresponsable, no puede ser objeto de sanción. Pero, foco de desorden, deber ser administrado, controlado, neutralizado. (…)En las grietas de las regulaciones administrativas y de las prescripciones legales, la medicina mental impuso progresivamente un nuevo tipo de relación, la relación de tutela. La finalidad: reinscribir la locura en el orden social, pero de acuerdo con un sistema de reglas diferentes de las que asignan sus lugares y sujetan a sus tareas a los individuos "normales”.
El medio: unir las aspiraciones de la filantropía y las luces del saber en una primera medicina social.El resultado: la definición por la ley de 1838, de un estatuto completo de alienado, es decir, de menor completamente asistido.