martes, 18 de noviembre de 2008

ALEJANDRO ÉRCOLI. “Cómo meter a Lacan y Foucault en la cárcel” (tercera parte)

Vamos a tratar de redondear algunas cuestiones planteadas en las clases previas. En esta oportunidad, los ejes serán el informe psicológico y la figura del experto, tratando de aproximarnos a los fundamentos que los avalan.

La primer cuestión es la siguiente, el informe psicológico para los analistas que trabajan en instituciones, es un paso obligado. Concentra una exigencia burocrático-administrativa, y la versión que se tiene institucionalmente de un interno. Además es un elemento que cuenta con el poder de influir en el destino de alguien en condición de encierro. Entiendo que su poder es alimentado desde dos fuentes a la vez, como las dos caras de una moneda, una el saber que inviste a quien lo realiza, y otra la el status científico que se le adjudica.

Muchos de aquellos con experiencia en los penales habrán notado la preocupación que genera el informe a los internos. Esto se debe al valor que inviste al informe, por ejemplo puede otorgar o limitar el acceso a algún tipo de beneficio durante el tiempo de la condena. Sin exagerar hay veces que el juez como explicación de alguna determinación, confronta al interno con lo escrito por el psicólogo. Se imaginarán el efecto de esta maniobra, en un tratamiento iniciado intramuros. En suma todo este rodeo, es para hacer palpable el poder de lo que se escribe, y señalar porque es de nuestro interés.


Ahora bien, retomando el primer capítulo de "Los Anormales" de Michel Foucault, posiblemente les llame la atención como comienza el libro. Recuerden que es una compilación de la desgrabación de un curso que dictó por el año 1971. Se dirigió al auditorio, leyendo algunas pericias psiquiátricas realizadas en Francia en los años 50, por prestigiosos psiquiatras. Foucault entonces para trabajar sobre la anormalidad, partió de los informes psiquiátricos de personas acusadas de algún crimen, y del valor otorgado a aquello que estaba escrito. Veamos las cosas de este modo, el anormal-primeramente nombrado como monstruo- lo es a partir de lo que se escribe en términos jurídicos, acerca de él. Voy mas fuerte en esta apreciación, el anormal es un invento del informe, capaz de trascender a quien lo escribió. Retomando la explicación foucaultiana, se trata de hacer coincidir un delito con la personalidad de aquel que lo cometió. Es materializar el delito en las personas adjudicándoles algún tipo de falla, y desde esta perspectiva, dos medidas encerrar y curar. Siguiendo el trabajo arqueológico de este autor, el acto o el delito cobra su significación a partir de la personalidad de quien lo comete. Hoy en día, continua la tendencia en los informes es a describir comportamientos y conductas provocadas por algún déficit, endilgado a la personalidad. Cabe agregar que el origen del mismo puede ser orgánico, social, o psicológico, pero siempre es individual.


Esto es una exigencia de lo jurídico, que lleva a poner en escena elementos que no se vinculan con el delito. Por ejemplo los rasgos de la personalidad, que no solo ofertan efectividad en la explicación sino que además pasan a tener valor predictivo. Les sugiero no perder de vista, que el discurso jurídico genera su propio objeto, a las vez que amplia su dominio sobre el mismo. Tomo unas palabras de Lacan del Seminario XVII, "…Probablemente será, de las tres, la época más importante, puesto que este año se trata de tomar el psicoanálisis del revés y, tal vez, precisamente darle su estatuto, en el sentido del término que suele llamarse jurídico. Esto, en todo caso, siempre ha tenido relación, y en el mayor grado, con la estructura del discurso. Si no es así, sino es en el derecho donde se palpa de que modo el discurso estructura el mundo real, ¿dónde va a ser? Por eso no estamos menos en nuestro lugar aquí que en cualquier otra parte."(Producción de los cuatro discursos, página 16, ed. Paidós). Si bien Lacan esta refiriéndose a un cambio de lugar que tuvo que hacer para dictar su seminario, me parece adecuada a nuestro tema su forma de pensar el derecho, diría lo jurídico. Privilegia al discurso de derecho para ordenar la realidad. En general la demanda de la institución penal invierte esto, es decir hay una realidad y el discurso –el informe por ejemplo- da cuenta de ella. La anormalidad implica un tratamiento sustantivado del sujeto y más aun del delito. El discurso pasa a funcionar no como el punto de engendramiento de aquello a lo que se refiere, sino como una descripción de un observable.


En términos de la ciencia moderna el discurso jurídico, es el movimiento inverso al que introdujo Descartes. Aclaremos esto, para el idealismo de Descartes, solo se tiene conciencia del yo, fundado en que piensa. Pone en cuestión las cualidades sensibles. Para lo jurídico, es como si existiera una individualidad empírica, capaz de determinar al yo. Esta es la posición de la trama o la trampa del discurso jurídico. En esta versión no solo hay un yo que se gobierna a si mismo, sino que además hace uno con la sustancia. En cambio la ciencia moderna formaliza, despoja de cualidades sensibles. El psicoanálisis que tiene como condición a la ciencia moderna, opera sobre el sujeto, que esta produce, y no sobre un yo. La ciencia para el psicoanálisis no es un ideal -como si podría serlo para el juez que pide un informe-, Lacan señala que para avanzar solo se autoriza en la práctica. Entonces maximizando algunas diferencias tenemos que el sujeto del inconciente a no tiene si mismo, ni reflexividad, ni conciencia. Se lo caza, por estar vinculado al deseo y no a un déficit.


En otras palabras, los enunciados del discurso jurídico, hacen de la realidad que generan una realidad sustancial e invocan el ideal de la ciencia como soporte. Pese a que se materializan en la institución, no suponen posición enunciativa, por lo tanto son inapelables. Van del sujeto al individuo, por lo tanto, solo es posible aislar, y curar. La anormalidad encarnada en el delincuente no es subjetiva, sino que reside en un individuo con déficit demostrable científicamente y por lo tanto supone poder anticipar consecuencias. Si volvemos sobre algunas ideas de Jean Claude Milner, se trata de leer un problema y hallar una solución, cerrando el asunto que constituye el punto de partida. Para él la solución se caracteriza por ser efectiva y borrar el problema mas allá de que sea total o parcial. Los informes psicológicos muchas veces se alinean a esta perspectiva, mas allá de que pudieran estar escritos con vocabulario psicoanalítico. De momento suspendo aquí con el informe para retomarlo luego.


Situémonos ahora en quien escribe los informes. Podríamos nombrar a los analistas, los psiquiatras, los miembros de las juntas de seguimiento, el médico, y algunas autoridades tanto del sistema penal como de las unidades carcelarias. Se impone la pregunta a cerca de que tienen en común al momento de hacer un informe, más allá de las diferencias específicas de cada profesión. Digamos que comparten la posición respecto del saber. No porque sepan efectivamente, -esa no es una preocupación dentro del sistema- sino porque lo que señalen y escriban funcionará con valor de verdad. La prueba mas clara es cuando se solicita por razones de índole institucional que un informe apto para calificar a un interno, sea positivo o negativo, lo escrito se convierte en una verdad, "verificada". La figura que me mejor define este papel de decir como son las cosas, es la del experto. Alguien que a diferencia de la posición del analista, no interroga, no es preguntón, porque fundamentalmente sabe. No se las ve con una cuestión o con un asunto y respuestas posibles, o formas de leer eso que se le presenta. Va en otra dirección, no desea saber las razones ni, la argumentación que pudieran comandar una escena, porque sabe de antemano. Este lugar de experto, es al cual los analistas en las instituciones somos convocados, y muchas veces intimados a responder.


Tal como lo dijimos antes, al analista lo autoriza su praxis, de acuerdo con el planteo de Lacan en "Subversión del sujeto…". En eso es bien distinto al experto, porque a este, lo autoriza la institución. Recuerden que además para el experto lo psíquico reviste lo orgánico al modo de una totalidad; y en consecuencia hay conocimiento de esa totalidad. Para nosotros en tanto analistas, el sujeto del inconciente no tiene nada de natural, partimos de un no saber. El punto crucial es que el sujeto de la ciencia, ignora el alcance de su saber y es en esa ignorancia donde se hace sujeto. Para la institución y el discurso jurídico esa ignorancia no es funcional, y la sutura con el experto. No hay deseo del experto como deseo de saber, dado que el deseo de saber implica asumir la ignorancia.


Tenemos hasta aquí algunas ideas de lo que pide la institución, en este caso penal, a los analistas, esto es que hagan informes y que sean expertos en su ciencia. De esta manera se aborda la realidad. Entonces que hacemos con esta dicotomía imposible de reducir, en la institución el analista es un experto o un analista. Les propongo un camino, si nos ocupamos del sujeto del inconciente, de un saber no sabido y del deseo, no es posible perder posición como analistas. En este sentido podrá ser una jugada, responder a la demanda de lo jurídico con el deseo. Con que deseo, el de ustedes de analizar y el de aquellos que les demandan atención. En lugar de señalar los rasgos de personalidad que explicarían la conducta, se trata de alojar sostener lo que alguien quiere para su vida. Informar sobre estas cuestiones implica dar una respuesta legible a la instancia jurídica, sin hacer un anormal de aquellos a quienes atienden. Es contestar a un pedido que fija al interno como deficitario, con un deseo y con una cuestión ética. Es decir poner de relieve la decisión que alguien toma respecto de lo que dice querer. No se trata de hacer del deseo un problema judicial, sino de articular la condición deseante con la vida social. Quizás sea el deseo la herramienta con que se cuenta para tomar posición frente a la demanda jurídico-institucional.